La regulación de la IA en Colombia: entre ética y retórica

La regulación de la IA en Colombia: entre ética y retórica
Julián Riaño
Julián Riaño

La inteligencia artificial (IA) se ha convertido en uno de los principales objetos de disputa regulatoria a nivel global. Mientras algunos países, como los Estados Unidos [1], han privilegiado estrategias de innovación con mínima intervención estatal, otros han impulsado marcos regulatorios – como la Unión Europea— [2] más estrictos para controlar sus riesgos. Colombia parece haber optado por esta segunda vía. La reciente Política Nacional de Inteligencia Artificial (COMPES 4144) [3], la Hoja de Ruta para el Desarrollo y Aplicación de la IA [4] y, más recientemente, el Proyecto de Ley 043-2025 [5], impulsado por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) bajo la promesa de una inteligencia artificial moderna, ética y responsable, comparten una aspiración común: promover el desarrollo y la adopción de la IA bajo criterios de sostenibilidad y responsabilidad social.

Sin embargo, la reiterada apelación a la ética en estos instrumentos normativos obliga a formular una pregunta incómoda: ¿qué significa exactamente que una inteligencia artificial sea "ética" y quién define ese significado?

Colombia ha optado por una política de IA centrada en lo "ético". No obstante, al examinar con mayor detalle estas iniciativas, resulta evidente que aquello que se presenta como ética suele reducirse a la aplicación instrumental de principios previamente definidos y, en muchos casos, importados de marcos regulatorios internacionales. Este fenómeno fue ampliamente criticado desde la década de 1980 por Arthur Caplan [6], quien lo denominó la "Visión Ingenieril" (Engineering View) de la ética. Según esta perspectiva, los problemas morales pueden resolverse mediante la aplicación mecánica de teorías o principios abstractos, sin atender a los contextos concretos, los conflictos de valores y las realidades sociales donde surgen los dilemas éticos.

La denominada "Visión Ingenieril" de la ética no solo simplifica los problemas morales, sino que ha contribuido a la proliferación de marcos éticos potencialmente ineficaces para gobernar la inteligencia artificial. La mayoría de estos instrumentos se basan en principios generales —transparencia, justicia, responsabilidad, explicabilidad— que, aunque deseables, no son jurídicamente vinculantes, carecen de mecanismos claros de vigilancia y no contemplan consecuencias frente a su incumplimiento. Su carácter abstracto y ambiguo dificulta además su traducción en prácticas concretas de diseño, desarrollo e implementación tecnológica [7].

A ello se suma que quienes participan directamente en la construcción de estos sistemas —ingenieros, desarrolladores, científicos de datos y empresas tecnológicas— frecuentemente carecen de formación sólida en ética o bioética, lo que limita aún más la capacidad transformadora de estos principios. El resultado es la creación de las condiciones ideales para el denominado "Lavado Ético" (Ethics Washing) [8]: una práctica mediante la cual empresas, investigadores e incluso gobiernos [9] adoptan discursos y principios éticos superficiales para proyectar una imagen de responsabilidad social, mientras evitan mecanismos regulatorios más exigentes o una reflexión ética genuina sobre las implicaciones de sus actividades.

Esta preocupación adquiere especial relevancia en el contexto de las propuestas de regulación en Colombia. Aunque la iniciativa representa un esfuerzo importante por establecer reglas para el desarrollo de estas tecnologías, continúa descansando de manera significativa en la apelación a principios éticos generales cuya operatividad práctica no resulta evidente. El riesgo es que la referencia permanente a la ética termine funcionando más como un mecanismo de legitimación política y regulatoria que como una herramienta efectiva para enfrentar los desafíos concretos que plantea la inteligencia artificial. Dado el rumbo que han tomado las políticas públicas y las propuestas regulatorias sobre IA en Colombia, existe un riesgo considerable de que este fenómeno termine consolidándose en el país, si es que no ha comenzado ya a hacerlo.

La situación resulta aún más preocupante si se considera que actualmente existen más de 200 códigos, marcos y lineamientos éticos para la inteligencia artificial, desarrollados principalmente en países de altos ingresos [10] y contextos tecnológicos muy diferentes al colombiano. Buena parte de las discusiones regulatorias nacionales se han limitado a adaptar o replicar estos documentos como si constituyeran estándares universales. Sin embargo, esta práctica puede reproducir una forma de neocolonialismo normativo, en la que valores, prioridades y modelos regulatorios producidos en el Norte Global son transferidos a países como Colombia sin una reflexión suficiente sobre su pertinencia, aplicabilidad o capacidad para responder a las necesidades locales.

La pregunta fundamental es si estamos construyendo una gobernanza propia de la inteligencia artificial o simplemente importando marcos regulatorios diseñados para resolver problemas distintos a los nuestros.

Esta situación resulta especialmente crítica en el sector salud.

Aunque la mayoría de las políticas nacionales presentan a la salud como uno de los ámbitos prioritarios para la implementación de la IA, existe una escasa reflexión sobre las condiciones reales del sistema sanitario colombiano. La transformación digital del sector continúa siendo desigual; persisten limitaciones importantes en infraestructura tecnológica, interoperabilidad de datos y capacidades institucionales. A ello se suma que los datos en salud constituyen información sensible y de especial protección jurídica [11], lo que impone exigencias adicionales para su recolección, almacenamiento, uso secundario y eliminación.

Sin embargo, estos desafíos suelen quedar diluidos en discursos generales sobre innovación y desarrollo tecnológico. La consecuencia es un desfase creciente entre las expectativas regulatorias y las posibilidades reales de implementación [12]. Hablar de una IA "ética" en salud sin discutir las condiciones materiales, jurídicas y sociales que hacen posible su desarrollo equivale a construir una regulación desconectada de la realidad.

Tampoco deja de llamar la atención la limitada participación de expertos en ética, bioética y salud en la construcción de estas iniciativas. Instituciones como el Consejo Nacional de Bioética [13] deberían ocupar un lugar central en estas discusiones, especialmente cuando las tecnologías de IA comienzan a influir en decisiones diagnósticas, pronósticas, terapéuticas y organizacionales que afectan directamente la vida de las personas.

La ética no puede reducirse a un conjunto de principios incorporados en documentos regulatorios [14]. Tampoco puede convertirse en una etiqueta legitimadora para políticas públicas o proyectos tecnológicos. La ética implica deliberación, análisis crítico, reconocimiento de conflictos de valores y construcción colectiva de acuerdos sobre los futuros tecnológicos que una sociedad considera deseables.

Colombia tiene una oportunidad histórica para construir una regulación de la inteligencia artificial que vaya más allá de la importación acrítica de principios globales y de la retórica del uso responsable. El debate legislativo que comenzará en torno al Proyecto de Ley 043-2025 ofrece una ocasión privilegiada para preguntarnos qué modelo de desarrollo tecnológico queremos, qué riesgos estamos dispuestos a asumir y qué papel deben desempeñar la salud, la bioética y la ciudadanía en la gobernanza de estas tecnologías.

De lo contrario, la regulación de la inteligencia artificial en Colombia podría terminar convirtiéndose en un ejercicio de retórica ética más que en un mecanismo efectivo de protección social. Y en ningún sector esta paradoja resulta más preocupante que en la salud, donde las decisiones algorítmicas terminan afectando cuerpos, vidas y vulnerabilidades humanas concretas, no simples conjuntos de datos.

 

Referencias


 

Referencias

Arnold & Porter. (2025). Trump firma decreto sobre inteligencia artificial.

Caplan, A. L. (1980). Ethical engineers need not apply: The state of applied ethics today. Science, Technology & Human Values, 6(33), 24–32. https://doi.org/10.1177/016224398000500403

Colombia. Congreso de la República. (2012). Ley 1581 de 2012, por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales. Diario Oficial No. 48.587.

Congreso de la República de Colombia. (2025). Ponencia positiva para primer debate al Proyecto de Ley No. 043 de 2025 Senado – 324 de 2025 Cámara, por medio del cual se regula la inteligencia artificial en Colombia para garantizar su desarrollo ético, responsable, competitivo e innovador, y se dictan otras disposiciones. Cámara de Representantes.

Consejo Nacional de Bioética. (s. f.). Consejo Nacional de Bioética.

Corrêa, N. K., Galvão, C., Santos, J. W., Del Pino, C., Pinto, E. P., Barbosa, C., Massmann, D., Mambrini, R., Galvão, L., Terem, E., & de Oliveira, N. (2023). Worldwide AI ethics: A review of 200 guidelines and recommendations for AI governance. Patterns, 4(10), Article 100857. https://doi.org/10.1016/j.patter.2023.100857

Departamento Nacional de Planeación. (2025). Política nacional de inteligencia artificial (CONPES 4144). Gobierno de Colombia.

Hähnel, M., Pfeiffer, S., & Graßmann, S. (2024). Striking the balance: Ethical challenges and social implications of AI-induced power shifts in healthcare organizations. AI & Society. https://doi.org/10.1007/s00146-024-02043-6

Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. (2024). Hoja de ruta para el desarrollo y aplicación de la inteligencia artificial en Colombia.

Mittelstadt, B. (2019). Principles alone cannot guarantee ethical AI. Nature Machine Intelligence, 1, 501–507. https://doi.org/10.1038/s42256-019-0114-4

Munn, L. (2023). The uselessness of AI ethics. AI Ethics, 3, 869–877. https://doi.org/10.1007/s43681-022-00209-w

MIT Technology Review. (2019). In 2020, let’s stop AI ethics-washing and actually do something.

Unión Europea. (2021). Regulatory framework for artificial intelligence (AI Act). Comisión Europea.

Wired. (2023). Ethics washing, la nueva agenda tecnológica de Trump y el futuro de México.

 

 

Imagen de fondo: Magnific
Magnific: https://magnific.com

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